El municipio de Carmen, que preside el morenista Pablo Gutiérrez Lazarus, se quedó ayer sin su Ley de Egresos 2022, pues los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC) dejaron sin efectos las sesiones de Cabildo en las que se aprobó el paquete presupuestal, que asciende a mil 645 millones 479 mil 378 pesos.
En sesión pública virtual, el pleno del TEEC emitió resolución en el expediente TEEC/JDC/2/2022, y declaró fundados los agravios hechos valer por el Síndico Administrativo y siete regidores del Ayuntamiento de Carmen (3 de Morena, 4 del PRI y uno de MOCI) en contra de la Séptima, Octava y Novena Sesión Extraordinaria de Cabildo, celebradas el día 30 de diciembre de 2021.
Lo anterior se resolvió así, porque las convocatorias a las sesiones de Cabildo impugnadas, no fueron notificadas personalmente a cada edil, sino fueron fijadas en las oficinas de las y los actores un día antes y el mismo día de la sesión, contraviniendo lo previsto lo dispuesto en el artículo 59 fracción II, de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche, que señala que los regidores y síndicos deberán ser citados a las sesiones con 3 días de anticipación.
Los regidores que no se presentaron a la sesión fueron, por Morena, Julio César Pulido Contreras, Segundo Regidor; José Daniel Hernández Sosa, Sexto Regidor, y Francisca Zárate López, Séptima Regidora.
Por el PRI, Silvia Cámara León, Octava Regidora; Eduardo Jonathan Vela Magaña, Noveno Regidor; María Jesús Montejo Álvarez, Décima Regidora; y Leopoldo Andrés Hernández Lezama, Síndico Administrativo; mientras que por Movimiento Ciudadano es Carmen Cruz Hernández Mateo, Décimo Primer Regidor.
De acuerdo con los agraviados, el alcalde Pablo Gutiérrez Lazarus envió la Ley de Egresos 2022 para su análisis al Congreso del Estado sin la aprobación del Cabildo, violando así el Reglamento Interno del Municipio. Aunado a ello, no hubo quórum legal, es decir, el 50 por ciento más uno de los integrantes del Cabildo carmelita, que es de ocho cabildantes, por lo que sólo se votó con siete integrantes presentes, ya que el 31 de diciembre era la fecha límite.
En consecuencia, se dejaron sin efectos las sesiones de Cabildo impugnadas y se ordenó a las autoridades responsables para que, con todas las formalidades que impone la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche, y en un plazo de 24 horas, convoquen a los integrantes del cabildo a sesión, a fin de que le sea restituido el derecho violentado.