El Tribunal Electoral del Estado de Campeche emitió resolución en el expediente TEEC/JE/17/2024, asunto promovido por César Cuauhtémoc Sánchez Cabrera, apoderado legal de Layda Sansores, el cual declaró fundados los agravios hechos valer por el actor, quien controvirtió el acuerdo CG/098/2024 del Consejo General del IEEC, que declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas en dos quejas en relación a presuntos actos anticipados de campaña por parte de Movimiento Ciudadano.
El sentido del dictamen, porque la responsable no realizó un análisis pormenorizado, ni de forma individualizada de cada uno de los dichos de los funcionarios públicos denunciados, por tanto, se determinó que efectuó una indebida valoración de las pruebas, lo que se traduce en una franca vulneración a los principios de legalidad y certeza jurídica, y no atender las normas del sistema de valoración probatoria y principios en la emisión de resoluciones.