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Nuevas normas buscan transporte y distribución de Gas LP segura y vigilada: CSP

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  • Se implementarán las NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025 para fortalecer la seguridad en el transporte y distribución de Gas LP, reduciendo riesgos. Además, se usarán Códigos QR en autotransportes para verificar el cumplimiento normativo.

El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Energía (Sener), presentó la Nueva Regulación de Seguridad para el transporte y distribución de Gas LP, que consta de dos nuevas normas: NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025, las cuales serán enviadas para su publicación mañana 3 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

La Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, destacó que con esta nueva regulación se busca que el transporte y distribución de Gas LP tenga una mayor inspección, con un monitoreo constante a través de GPS, un regulador de velocidad y una mayor seguridad industrial para evitar fugas. 

Se implementarán nuevas medidas para el transporte de gas LP: inspecciones más rigurosas con pruebas (antes solo visuales), limitación de velocidad con «gobernadores» y GPS monitoreados desde la Secretaría de Energía. Además, se aplicará regulación de seguridad industrial, buscando evitar fugas, controlar la velocidad y mantener vigilancia constante.

La secretaría de Energía, Luz Elena González Escobar, detalló que se emitirán dos normas emergentes, la NOM-EM-006-ASEA-2025 y la NOM-EM-007-ASEA-2025 con las que: 

* Se fortalecerá el cumplimiento de los programas de mantenimiento de las unidades de transporte: Será obligatorio presentar ante la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) la comprobación del cumplimiento de estos programas a las unidades.

* Para incrementar la seguridad y disminuir el riesgo se exigirá la acreditación de pruebas de seguridad: se requerirán inspecciones visuales externas y de forma periódica se deberán presentar pruebas de presión hidrostática de todas las unidades.

* Se establece la obligatoriedad de contar con programas de capacitación técnica y práctica para acreditar a los operadores de las unidades a través de un estándar de competencia específico desarrollado por la ASEA, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Energía, con el aval del Consejo Nacional de Normalización, Certificación de Competencias Laborales (CONOCER).

* Se obliga a que las unidades cuenten con aditamentos de control de velocidad conocidos como “gobernadores de velocidad” y con GPS.

Las normas emergentes NOM-EM-006-ASEA-2025 para transporte de Gas LP y NOM-EM-007-ASEA-2025 para distribución, establecen plazos de cuatro meses para su cumplimiento.

La NOM-EM-007-ASEA-2025 otorga cuatro meses para unidades con capacidad mayor a 5 mil litros y 10 años de antigüedad, y seis meses adicionales para las demás. Estas normas se complementan con la implementación de códigos QR en unidades de Gas LP y autotransportes, que permitirán verificar su cumplimiento y otra información a través del Centro de Monitoreo de la SENER.

Juan Carlos Solís Ávila, director general de la CNE, informó que la CNE generará códigos QR imprimibles hasta el 15 de octubre. Estos deberán colocarse en tanques y cabinas 20 días hábiles después de su entrega para evitar multas.

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