Locales
Congreso avala reformas a la Carta Magna Local
En su quinta sesión, el Pleno del Congreso del Estado modificó diversas disposiciones tanto de la Constitución Política; como de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, además de la Ley Orgánica de la Administración Pública, todas del Estado de Campeche, en materia Electoral (suspensión de derechos o prerrogativas) y, Administración Pública (requisitos de nombramiento para ocupar empleo, cargo o comisión).
Se suspenderá el ejercicio de los derechos o prerrogativas de los ciudadanos campechanos; “por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; o ser declarada persona deudora alimentaria morosa”.Por los supuestos anteriores, la persona no podrá ser registrada como candidata a cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
La reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado estableció qué, para ser candidata o candidato a la gubernatura; diputaciones locales; presidencia, regidurías o sindicaturas de un Ayuntamiento o Junta Municipal deberán cumplirse, además de los requisitos exigidos por la Constitución Estatal, los siguientes: “no estar condenada o condenado por la comisión dolosa de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos”.
Finalmente, la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, precisa qué, “la Gobernadora o el Gobernador del Estado, conforme a la Constitución Política del Estado de Campeche, tiene la facultad de nombrar y remover a las y los servidores públicos de la administración pública estatal, con las salvedades que establezca la fracción V del artículo 21 de la Constitución Política del Estado de Campeche, así como las leyes relativas, observando el principio de la paridad de género”.
En otro tema, las y los diputados avalaron adicionar una fracción VI Bis al artículo 28 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Campeche, a fin de llevar un registro y remitir a las autoridades competentes la información y estadísticas sobre las personas atendidas en caso de lesiones causadas por ácidos, álcalis, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia, protegiendo en todo momento sus datos personales.
Por la.mañana, se realizó la ceremonia por el 163 aniversario de la.instalación del congreso constituyente del Estado de Campeche, que presidió el.secretario de Gobierno, Armando Toledo Jamit Y el presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Congreso, Antonio Jiménez Gutiérrez.
La próxima sesión será el martes 12 de marzo, a las 12:00 horas.