Columnas Escritas
CHONTALPA POLÍTICA 646
ROMÁN PÉREZ MORALES
LUNES 25 DE JULIO DE 2022
De muy poco sirvió que el pasado 2 de marzo de 2021 el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidara parcialmente la Ley Garrote de Tabasco, puesta en marcha en el mes de agosto de 2019, misma que fue aprobada en julio de ese mismo año y que restringía la libertad de expresión y de manifestación.
En sesión virtual, los ministros de la Corte aprobaron invalidar los artículos 196 bis, 299, 308 y 308 bis del Código Penal de Tabasco al considerar que violan el principio de taxatividad (cuando las acciones ejecutadas por un individuo afectan al derecho de otro), e incluso son ambiguos y redundantes.
El proyecto fue presentado por el ministro José Fernando Franco González. Su aprobación se dio después de una fuerte discusión entre los integrantes del pleno, pues mientras unos expusieron que si bien la “Ley Garrote” podría perseguir un fin legítimo, como lo es la protección del patrimonio, también podría derivar en criminalización y violación al derecho de protesta. Entre los artículos invalidados por el máximo tribunal de la nación y que como el cuento de Juan “aquí caben”, están los siguientes:
Artículo 308: La persona que dificulte el servicio público local de comunicación, obstaculice las vías, retenga unidades o les impida el paso de algún modo, podría estar encarcelado de uno a 8 años.
Artículo 308 Bis. Cuando “cualquier persona que carezca de facultad legal, impida total o parcialmente libre tránsito de personas”, se le impondrá prisión de uno a cinco años, pena que se incrementará el doble cuando el responsable se haga acompañar de menores de edad o emplee la violencia.
No obstante, el miércoles 20 del presente mes, policías antimotines de la ciudad de Villahermosa dispersaron una manifestación pacífica de profesores que se habían posicionado de Plaza de Armas.
Una vez desalojados, los maestros decidieron cerrar la avenida 27 de febrero para exigir el pago de dos quincenas de salario y un retroactivo, lo que ocasionó un enfrentamiento en el que salieron a relucir “los garrotes”, resultando descalabrados varios mentores, siendo detenidos por lo menos cinco, de los cuales cuando menos tres resultaron heridos, uno de ellos grave, con traumatismo craneoencefálico.
Inerme el pueblo tabasqueño no entiende por qué el secretario de seguridad y protección ciudadana, Hernán Bermúdez Requena actuó de esa manera, poniendo en entredicho la actuación del gobernador Carlos Manuel Merino Campos, y del presidente de la república Andrés Manuel López Obrador.
Resulta penoso que, en Tabasco, entidad de donde es originario el presidente, se den estos atropellos, mientras que en otras entidades donde muchas personas causan destrozos a edificios públicos y vías de comunicación, los cuerpos policiacos actúan con mucha prudencia, respetando en todo momento los famosos Derechos Humanos. Máximo Moscoso Pintado, durante años coordinador de asuntos religiosos en Tabasco, acaba de ser nombrado delegado de la Secretaría de Gobernación en el estado de Sonora. Le deseamos éxito.
La Administración Portuaria Integral de Campeche (APICAM) da a conocer que revisará la estructura de la zona conocida como el ex muelle fiscal del malecón de Ciudad del Carmen, para determinar si se requiere una etapa más de reconstrucción, como parte de la inspección y mantenimiento anual que se lleva a cabo en el área.
Adicionalmente, y por instrucciones del director general de la APICAM, Agapito Ceballos Fuentes, con apoyo de la gerencia del Puerto Isla del Carmen, se procederá al retiro de elementos de concreto, como pilotes cortados que ya no forman parte de la estructura del muelle y permanecen en la zona.
Cabe mencionar que en mayo de 2019 se realizó el estudio estructural del ex muelle fiscal, con el objetivo de determinar mediante cálculos y criterios de ingeniería, las rehabilitaciones necesarias para garantizar la seguridad de los usuarios y atender las recomendaciones en la materia.