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Aprueban rendición de cuentas del poder Ejecutivo

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Por unanimidad, diputados de la LXIV Legislatura aprobaron reformas a la Constitución, con el objetivo de que la transparencia sea  eficaz de la rendición de cuentas por parte del Poder Ejecutivo Estatal.

Así, fueron modificadas la  Ley Orgánica de la Administración Pública y Ley Orgánica del Poder Legislativo, en la que se destaca  incorporar en el texto constitucional local disposiciones relacionadas con la presentación del informe anual del Poder Ejecutivo Estatal, el análisis del informe por las comisiones del ramo y las comparecencias de los titulares de las Secretarías y Dependencias de la administración pública centralizada que de ese deriven.

Así como que los titulares de la administración pública centralizada comparecerán ante el Congreso del Estado bajo protesta de decir verdad.

También, que se incorporen  disposiciones que hacen posible el ejercicio efectivo de las facultades otorgadas al Congreso del Estado, respecto a la recepción del Informe de Gobierno, así como de las comparecencias de los titulares de las Secretarías y Dependencias de la administración pública centralizada con motivo del mismo.

De igual forma, por unanimidad el  aprobó que la Unidad de Asistencia Jurídica del Instituto de Acceso a la Justicia del Estado de Campeche, deberá contar con intérpretes o traductores lingüísticos que brinden atención a las víctimas que no comprendan el idioma español o tengan discapacidad auditiva, verbal o visual, por lo que se adicionan diversas disposiciones a la Ley que Establece el Sistema de Justicia para las Víctimas del Estado de También por mayoría se aprobó que el Sistema Estatal de Salud deberá promover campañas que procuren el acceso y el fomento a la cultura del consumo de agua y la difusión de información sobre salud bucodental y la práctica de hábitos de higiene dental en instituciones educativas.

Así mismo se dio lectura a una Iniciativa para adicionar la fracción X Bis al artículo 13 de la Ley de Desarrollo Social del Estado, con el fin de introducir como principio al cual debe sujetarse la Política de Desarrollo Social, la perspectiva de género.
Iniciativa para adicionar la fracción IV Bis al artículo 5, el artículo 10 Bis y el artículo 10 Ter a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, en la que se propone establecer el concepto de Violencia Simbólica, además de concientizar y visibilizar la gravedad de este tipo de violencia.

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